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X Foro Invertido, Sesión 2, Comunicación entre Académicos: La sociedad venezolana y el futuro de la universidad

En el inicio de la Sesión 2 del X Foro Invertido, el profesor Jean Pasquali señala que el problema más importante de la educación universitaria venezolana (que son muchos) no está relacionado con las leyes que rigen su funcionamiento, sino su incapacidad o disposición para hacer cumplir las leyes. Esto lo explica a través de ejemplos y también propone soluciones surgidas de la construcción de ciudadanía.

A continuación el resumen de la ponencia.

LA SOCIEDAD VENEZOLANA Y EL FUTURO DE LA UNIVERSIDAD

Jean Pasquali, 25 de octubre de 2022

Introducción

La Educación Universitaria de Venezuela es un subsistema del Sistema Educativo del país. Las otras dos partes son el subsistema de la Educación Básica (inicial, primaria y media) y el subsistema bolivariano de formación y autoformación colectiva, integral, continua y permanente. La Universidad es una sola e incluye a todas las instituciones que imparten educación superior posterior a la educación media. Existe una articulación entre los tres subsistemas. 

Recientemente se han anunciado dos iniciativas de la Asamblea Nacional (AN) para diseñar una Ley de Universidades o reformar la existente (Ramos Olivares, 2021: Sánchez Mujica, 2021). Estas iniciativas, a su vez, han creado interés y expectativa en el país. Desafortunadamente éstas no han incluido las razones o los problemas que las han activado, o las metas deseadas. Por otro lado, es satisfactorio observar la importancia que la AN le otorga a este tema.

La Educación Universitaria

Existen muchas maneras de visualizar el futuro de la Universidad según las prioridades que se seleccionen (Nueva Universalia, 2022). Algunas de ellas son: El financiamiento de sus actividades, el aumento del nivel educativo del país, la flexibilización de las modalidades en la instrucción, la libertad académica, la contribución social de la investigación, el apoyo para estudiantes de bajos recursos, la relación con los gobiernos (municipal, estatal y nacional), relación entre universidades nacionales y de otros países etcétera. Un análisis económico, histórico y educacional del tema, que contiene datos y recomendaciones que son críticos, es el de Carlos Domingo (2001).

Ante la complejidad del tema y para conseguir alguna oportunidad de hacer un aporte al entendimiento y al perfeccionamiento del subsistema de Educación Universitaria —incluyendo el Sistema Educativo en general— me limito a la parte esencial del asunto: 1. ¿Cuál es el problema más importante? 2. ¿Cuál es la naturaleza del problema? 3. ¿Cuál es la causa principal? 4. ¿A quién le toca actuar para resolverlo? 5. ¿Cuál es una solución posible?

El problema más importante no es el contenido de la Ley, es la situación actual del Sistema Educativo completo. Éste se encuera en una crisis educacional generalizada, descrita en detalle en Bravo (2022), entre otros. Para ilustrar esta afirmación voy a utilizar un ejemplo. Sabemos que la introducción de la Internet ha modificado la mayoría de los aspectos de la vida moderna. Ha hecho fácil y rápida la transferencia de información y, en consecuencia, ha tenido un efecto transformador en la educación. El potencial de esta tecnología fue reconocido por el presidente Chávez, quién, con el Decreto 825 estableció el acceso y uso de Internet como política prioritaria para el desarrollo cultural, económico, social y político del país (Chávez Frías, 2000). El periodo entre los años 2000 y 2014 fue el de la gran bonanza en términos del producto interno bruto. Sin embargo, y a pesar de una orden proveniente de la autoridad máxima del país, de la alta prioridad asignada y de la abundancia de fondos, la Internet en Venezuela resultó alcanzar sólo una cobertura y una velocidad de transmisión de las más lentas del continente. Debido al enorme potencial del uso de Internet para la obtención y dispersión de información para el Sistema de Educación de Venezuela (y para otras funciones), concluyo que el problema de la educación —como el de otras actividades— no es un problema causado por el contenido de las leyes. Es de otra naturaleza. Está relacionado con la incapacidad o la indisposición de cumplir con las leyes.

La Constitución de un país expresa los principios sobre los cuales se fundamenta el buen funcionamiento de la sociedad, determina la estructura de su gobierno y define los responsables de que esos principios se cumplan. La reciente migración de unos 7,1 millones de venezolanos, el estado deplorable de la enseñanza pública del país, el colapso económico que, desde el 2014 ha estado acompañado de una inflación indetenible, el bajo puntaje en El Índice de la Percepción de la Corrupción (Transparency International, 2021), junto con el reciente informe del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (2022), permiten concluir que Venezuela no está en condiciones de honrar las responsabilidades que la Constitución le ordena:  https://www.constituteproject.org/constitution/Venezuela_2009?lang=es. La causa principal de la crisis social venezolana es un funcionamiento defectuoso y sistemático, causado por el incumplimiento de las leyes.

El próximo paso es averiguar a quién le corresponde corregir esta situación. El Artículo 5 de la Constitución tiene la respuesta: “Artículo 5 La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.

Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.

El Pueblo Soberano es la única autoridad que está por encima de todas las otras autoridades del país. Le toca al Pueblo actuar; y puede hacerlo de varias maneras. Entiendo que, afortunadamente, hay una manera pacífica, sencilla, de costo insignificante y que está acorde con el Artículo 62 de la Constitución: Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica”.

Es entonces posible y constitucional que, para las elecciones venideras —de gobierno municipal, estatal y nacional— ampliar la presentación tradicional de candidatos para cada cargo. Es decir, incluir candidatos propuestos por individuos y organizaciones, como pudieran ser universidades, comunidades, tribus indígenas, academias nacionales, asociaciones diversas, etcétera, de tal manera que haya diversas opciones para el voto de los ciudadanos. Lo que considero ciertamente esencial es construir ciudadanía. En este caso, es recordarle a cada ciudadano las ventajas que representa para cada individuo y para la sociedad, el otorgarle el voto a candidatos que sean honestos y que hablen con la verdad. 

Ésas son las dos condiciones cardinales para implantar un control de calidad sobre los gobernantes y los gobiernos resultantes. Su adopción fomentaría en individuos, instituciones, asociaciones etcétera, el interés para reconocer personas adecuadas para los diversos cargos y para postularlas.

¿Cuánto tiempo podría tardar el llevar a cabo esta innovación? Entrando en el peligroso campo de las conjeturas (DRAE: Juicio que se forma de algo por indicios u observaciones), parece razonable poder hacerlo en un año. El mensaje para distribuir es sencillo y es ventajoso. Contrasta con la idea de votar por candidatos con un pasado deshonesto y propensos a falsedades. Los comunicadores sociales, seguramente, tienen a su disposición muchas técnicas para hacerlo. La comunicación de persona a persona también puede ser muy efectiva, si el mensaje fuese tratado como una noticia. Algunos instructivos pudieran ser valiosos.

La innovación incluye un tiempo suficiente para analizar cada candidato propuesto, diseminar la información sobre ellos y permitir que cada persona determine cuál de los candidatos representa mejor sus intereses, opiniones y preferencias. El resultado será gobiernos por gente honesta y veraz. El panorama político resultante será el que más le convenga al Pueblo y el que tenga las mejores oportunidades de fomentar desarrollo social. Habrá llegado el momento para diseñar el futuro de la Universidad y el resto del Sistema Educativo de Venezuela.

Referencias

  1. Bravo Jáuregui, Luis, 2022, Crónica histórica de la educación en Venezuela: Agosto 2021 a Julio 2022: Caracas, UCV, Memoria Educativa, 299 páginas:  https://app.box.com/s/ha1ywfa9p10tlc97yp6qd4n15h0cg5ap 
  2. Chávez Frías, H. R., 2000, Decreto 825: Caracas, Gaceta Oficial 36955 del 22/5/2000: http://www.conatel.gob.ve/wp-content/uploads/2017/01/sobre-internet.pdf     
  3. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, 2022, Conclusiones detalladas de la misión internacional independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela,155 p.: https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G22/442/47/PDF/G2244247.pdf?OpenElement   2022925
  4. Domingo, Carlos, 2001, Sobre el cambio de la Universidad: Mérida, Universidad de Los Andes, CENDES. 27 p.: https://www.researchgate.net/publication/267955606_SOBRE_EL_CAMBIO_EN_LA_UNIVERSIDAD  2022919
  5. Kerr, Clark, 2001, The uses of the university: Boston, Harvard University Press, 261 p.  
  6. Nueva Universalia, 2022, Lineamientos generales que debería contemplar una nueva Ley de Universidades: https://nuevauniversalia.wordpress.com/2022/03/01/lineamientos-generales-que-deberia-contemplar-una-nueva-ley-de-universidades-nuevauniversalia-y-venamerica/ 2022925  
  7. Ramos Olivares, R. E.,2021, Entrevista en programa Al Aire: Caracas, Venezolana de Televisión: https://www.vtv.gob.ve/diputado-ramos-cientificos-universidades/ 2022919
  8. Sánchez Mujica, Ricardo, 2021, Avanza consulta pública para la Reforma de Ley de Ciencia y Tecnología: https://www.vtv.gob.ve/avanza-consulta-publica-reforma-ley-ciencia-tecnologia/ 2022925
  9. Transparency International, 2021, CPI 2021 for the Americas: A region in crisis:  https://www.transparency.org/en/news/cpi-2021-americas-a-region-in-crisis 2022926  

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